jueves, 12 de mayo de 2011

Modificación en el Código Penal: Lesiones Leves y Graves (Formas Agravadas) teniendo al Menor como Víctima.


El día de hoy, 12 de mayo del 2011, el Congreso de la República aprobó el siguiente Proyecto de Ley:

"Se aprueba el Proyecto de Ley que propone la Modificación de los Artículos 121-A y 122-A (lesiones leves y graves en sus formas agravadas) teniendo al menor como víctima, sin la necesidad de que el sujeto activo guarde relación de afinidad y consanguinidad con el menor (sujeto pasivo)."

 El congresista Sousa fue el encargado de presentar ante el Congreso, las razones del proyecto de Ley y consecuentemente su preocupación como el de sus demas colegas congresistas, en darle luz verde a esa modificatoria, entre su explicación se dejó a entender lo siguiente:
"Existe vacío de regulación penal para sancionar a la gente que sin tener vínculo de legalidad o consanguinidad, violenta a un menor de edad. El codigo penal, solo sanciona al tutor, curador, o responsable del menor, se trata de dar respuesta a una persona que lesiona a un menor edad sin que exista un vinculo de afinidad o consaguinidad, la violencia del daño, al margen de la fuente personal siempre supondrá un ilícito penal de suma gravedad"

Como se podrá recordar el caso del niño que rayó el carro del señor Luis Percy Torres Oré, este fue brutalmente golpeado por dicho sujeto, ocasionándole contusiones severas en la vista. Sin embargo, este ilícito no podría estar dentro de los lineamientos de las formas agravadas de ninguno de los artículos de lesiones leves o graves, puesto que para ser una forma agravada el sujeto activo debe guardar relación de afinidad o consanguinidad. Por tal motivo es que se hace la modificación de dichos artículos en el Código Penal.


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